El Consejo Superior es el máximo órgano administrativo de la Fundación.
Está integrado por:
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Cuatro (4) representantes de los miembros fundadores o beneficiarios, un (1) representante de los miembros benefactores; estos últimos elegidos entre quienes tienen esta calidad.
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Por el Rector que actuará con voz y sin voto.
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Por un Representante de los profesores.
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Por un Representante de los estudiantes.
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Por un Representante de los egresados.
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Por un Representante del sector empresarial.
Actuará como secretario, el Secretario General de la Fundación.
Son funciones del Consejo Superior:
1. Expedir su propio reglamento.
2. Elegir su propio presidente.
3. Dictar las normas reglamentarias para la correcta aplicación de los estatutos de la Fundación en el orden académico, administrativo y financiero.
4. Dirigir la política académica y administrativa de la Fundación y establecer las normas que aseguren su buen manejo.
5. Aceptar o rechazar auxilios, herencias, donaciones, legados, etc., de acuerdo con las políticas de la Asamblea General.
7. Autorizar al Rector para celebrar todos los convenios o contratos con Gobiernos o entidades colombianas o extranjeras.
8. Establecer la organización administrativa de la Fundación creando o suprimiendo los cargos que sean necesarios de acuerdo con los estatutos generales y la competencia dada por la Asamblea General.
9. Aprobar, suspender o modificar los planes de enseñanza, formación o capacitación perfeccionamiento avanzado o de postgrado, investigación, extensión y asesoría de acuerdo con las normas legales, previo estudio y recomendación del Consejo Académico o de comisiones ad-hoc nombradas para tal efecto por el mismo Consejo Superior.
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