Comité de Convivencia Laboral
De acuerdo con la resolución 652 de 2012, este comité está compuesto por representantes en partes iguales de representantes del empleador y de los trabajadores, como una medida preventiva del acoso laboral que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afecten la salud en los lugares de trabajo.
Comité de Convivencia Laboral en la Institución, se conforma con dos representantes por parte del empleador y dos representantes de los trabajadores con sus respectivos suplentes. El Rector elige los suyos directamente y los trabajadores eligen sus representantes mediante votación secreta, habiendo realizado una convocatoria para la inscripción de candidatos.
El Comité tiene vigencia por dos años a partir de la fecha de su instalación. Una vez se cumplen estos dos años se debe abrir el proceso para una nueva elección. El Comité de Convivencia Laboral forma parte de las estrategias que la institución con el fin de crear mejores condiciones laborales para sus empleados, en busca de la promoción de una sana convivencia laboral. De igual forma contar con canales de comunicación para recibir y dar trámite a posibles quejas o diferencias entre miembros de la institución buscando las mejores soluciones.
Funciones
- Recibir y dar trámite a las quejas de posible acoso laboral
- Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales que pudieran tipificar conductas de acoso laboral
- Escuchar a las partes involucradas de manera individual
- Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas
- Formular un plan de mejora concertado entre las partes
- Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos
- Presentar a la Rectoría las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral
- Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones
- Reunirse trimestralmente
- Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité.
Conoce aquí el procedimiento para el trámite de una queja que pueda constituirse como acoso laboral
Conoce aquí el formato para interponer una queja por presunto acoso laboral (Archivo B)